La vicepresidenta Verónica Abad fue sancionada con una suspensión temporal sin goce de sueldo por 150 días, debido al “abandono injustificado del trabajo durante tres o más días laborales consecutivos”.

La decisión adoptada por el Ministerio de Trabajo, se da luego de un sumario administrativo que se le abrió a la segunda mandataria, el cual concluyó que la funcionaria incumplió la disposición presidencial que ordenaba su traslado de Israel a Turquía en un plazo establecido.

¿Cuándo debía presentarse Abad?

Abad debía presentarse en Turquía, por disposición presidencial, el 1 de septiembre de 2024, pero lo hizo el 9, dejando sin justificación sus actividades del 2 al 6 de septiembre.

Como parte del proceso, el ministerio consultó al departamento de Talento Humano de la Vicepresidencia si Abad justificó la no presencia en Turquía hasta el 1 de septiembre. Además, consultó a la Cancillería y al Consejo Nacional Electoral (CNE), la condición laboral de la segunda mandataria.

Para las autoridades laborales, Abad no cumplió con la orden, abandonó el trabajo y era candidata a la sanción por lo expuesto en la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep), que determina sanciones como la suspensión temporal de la actividad laboral y el no pago de la remuneración por un tiempo definido, entre otras.

Sancionan a la vicepresidenta

Durante la audiencia del pasado 7 de noviembre, se confirmó la falta de presentación de pruebas que justifiquen el accionar de Abad.

Según el Ministerio de Trabajo, la conducta de la vicepresidenta está  tipificada como falta grave, según la Losep en su artículo 48, inciso b), que sanciona el abandono de funciones por tres o más días consecutivos.

Dominique Dávila, abogada de Abad, indicó que se reunirá con la vicepresidenta para analizar la resolución y plantear estrategias de defensa. No se descarta que Abad convoque a una rueda de prensa o se pronuncie a través de su cuenta de X.

Por Yazmín Bustán

Feminista. Trabajando en visibilizar el trabajo que hacemos las mujeres,

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