La Superintendencia de Bancos informó este martes, 15 de abril del 2025, que ha identificado 19 entidades que operan sin autorización para realizar actividades financieras en Ecuador durante lo que va del año 2025.
La Superintendencia recordó que según el artículo 254 del Código Orgánico Monetario y Financiero, ninguna persona natural o jurídica ajena al sistema financiero nacional puede captar dinero del público ni realizar actividades exclusivas del sector financiero.
Además, está prohibido el uso de publicidad o documentos que den a entender que operan legalmente como entidades financieras.
Las entidades detectadas son:
- PRESTA MAYOR
- AVANCRÉDITOS
- JIIGO S.A.S.
- PRÉSTAMOS PERSONALRÁPIDO
- FINANWEB
- CRÉDITO COOPA DESARROLLO
- PROACCIÓN.ONLINE
- CREDITOS_BANKINTELLS
- TIMPLIE
- COOPSALATE CREDITOS ONLINE
- FINANCIERA BOLIVARIANA DE CREDITOS
- GLOBALINVESMENT S.A.
- MISÚ
- BANCO CRÉDITO MUTUAL
- INVERSIONES
- FE Y ESPERANZA.EC
- JASMIRPS
- NATURAL CREDIT
- INMOCASH-INMOAUTO
La Superintendencia de Bancos recomendó a la ciudadanía verificar siempre la legalidad de cualquier institución antes de confiarle sus recursos monetarios.
Sanciones
En Ecuador, las instituciones financieras pueden ser sancionadas por infracciones a la normativa bancaria. Las sanciones pueden incluir multas, suspensión de actividades, y cierre de oficinas.
Las sanciones por infracciones se han determinado en leve, grave y muy grave y dependerán de la magnitud de la infracción, intencionalidad, negligencia o agravantes.
Si una persona o entidad realiza actividades no autorizadas por el Banco Central del Ecuador, se le puede imponer una multa.
Por infracciones graves, se pueden imponer multas de hasta el 0,005% de los activos de la entidad.
Por infracciones leves, se pueden imponer multas de hasta el 0,001% de los activos de la entidad.
También, divulgar información reservada puede resultar en una multa de 35 salarios básicos unificados.
Estas sanciones serán aplicadas tanto para la entidad infractora, como para las personas naturales que sean responsables de la infracción, así lo establece la norma emitida por la Superintendencia de Bancos.