Todos los sueldos y salarios mínimos sectoriales y las tarifas para el sector se incrementarán en 2,223% con respecto al 2023. Así consta en el acuerdo ministerial MDT 2023 180 del 22 de diciembre pero que acaba de ser publicado en el Registro Oficial 465 del 2023 del 27 de diciembre. Este porcentaje es igual al incremento decidido por el Ministerio de Trabajo para el salario básico unificado.
Así, a través del acuerdo ministerial MDT 2023 180 se establecen las directrices emitidas por el Ministerio de Trabajo para los pagos correspondientes de los trabajadores que pertenecen a las 22 comisiones sectoriales que tienen que ver con las diferentes ramas de la producción.
El acuerdo suscrito por la ministra Ivonne Núñez indica que a partir del 01 de enero de 2024 el incremento porcentual a aplicarse a los sueldos y salarios mínimos sectoriales y a las tarifas para el sector privado, que constan en las comisiones sectoriales, será de 2,223 % respecto a los del año 2023.
Además se establece la denominación del cargo y actividad y se indica que estas deberán ser específica y no general, por lo que esta debe constar en el contrato de trabajo
Los niveles de cargos serán:
- Nivel A. Jefatura
- Nivel B. Supervisión
- B1: Supervisión General
- B2: Supervisión Técnica
- B3: Supervisión Operativa
- Nivel C. Operación
- C1: Operación Especializada
- C2: Operación Técnica
- C3: Operación Básica
- Nivel D. Asistencia
- D1: Asistencia Administrativa
- D2: Asistencia Técnica
- Nivel E. Soporte
- E1: Soporte Administrativo
- E2: Soporte Operativo
Se indica que la fijación de sueldos y salarios mínimos sectoriales y tarifas para el sector privado se realizará acorde a las comisiones sectoriales. Estas son:
- 1 Agricultura y Plantaciones
- 2 Producción Pecuaria
- 3 Pesca, Acuacultura y Maricultura
- 4 Minas, Canteras y Yacimientos
- 5 Transformación de Alimentos (Incluye Agroindustria)
- 6 Productos Industriales, Farmacéuticos y Químicos
- 7 Producción Industrial de Bebidas y Tabacos
- 8 Metalmecánica
- 10 Productos Textiles, Cuero y Calzado
- 11 Vehículos, Automotores, Carrocerías y sus Partes
- 12 Tecnología: Hardware y Software (Incluye Tic’s)
- 13 Electricidad, Gas y Agua
- 14 Construcción
- 15 Comercialización y Venta De Productos
- 16 Turismo y Alimentación
- 17 Transporte y Logística
- 18 Servicios Financieros
- 19 Actividades Tipo Servicios
- 20 Actividades de Enseñanza
- 21 Actividades de Salud
- 22 Actividades Comunitarias
Para la estructura ocupacional incluida en las ramas de actividad de las comisiones sectoriales, los sueldos y salarios mínimos sectoriales y las tarifas para el sector privado en ningún caso podrán ser inferiores a las establecidas dice el Acuerdo Ministerial.
Este Diario ha hecho los cálculos en relación a algunas comisiones y salarios que regían en el 2023. Aquí varios ejemplos:
1. Agricultura y plantaciones: donde un trabajador del agro gana $ 451,58 y un supervisor de plantación, $ 463,26. En estos casos al aplicar el 2,223 % de alza para el 2024, los aumentos serían de $ 10,03 y $ 10,29.
2. Producción pecuaria: abarca el tema avícola, ganadero y otros servicios pecuarios. Un supervisor gana como mínimo $ 475,49, por lo que el incremento para este sería de $ 10,57.
3. Pesca, acuacultura y maricultura: un jefe que gana $ 470,86 pasaría a recibir $ 481,32.
4. Minas, canteras y yacimientos: un jefe de campo subiría de $ 786,23 a $ 803,70 con un alza de $ 17,47.
5. Trasformación de alimentos que incluye agroindustria: un jefe pasaría de ganar $ 472,12 a $ 482,61.
El acuerdo también dice que de existir cargos que no se encuentren contemplados en las diferentes estructuras ocupacionales por ramas de actividad, los sueldos y salarios mínimos sectoriales y las tarifas en ningún caso podrán ser inferiores a los de menor valor establecidos en cada una de las referidas ramas de actividad.
El acuerdo también indica que el sector empleador realizará la solicitud incluyendo un informe técnico justificativo dirigido a la Dirección de Política Salarial del Ministerio del Trabajo para la inclusión de los cargos no contemplados en las Comisiones Sectoriales hasta el 31 de mayo del año 2024, a efectos de que la Dirección de Política Salarial proceda con el análisis que permita determinar la factibilidad del requerimiento, y de ser procedente será puesto en conocimiento de los delegados de comisiones sectoriales para su respectiva aprobación, actividades que se desarrollarán en el año 2024.
Fuente: El Universo