De llevarse a cabo la consulta popular de iniciativa presidencial, el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá definir el número de electores que integrarán el padrón o registro electoral, lo que les permitirá ejercer su derecho a votar.
La propuesta de consulta popular de once preguntas está en conocimiento de la Corte Constitucional (CC) una vez que el presidente de la República, Daniel Noboa Azín, las remitió para que emita su dictamen previo de constitucionalidad.
De tener un pronunciamiento favorable de los considerandos, las preguntas y los anexos, el mandatario suscribirá el decreto ejecutivo en el que dispondrá al Consejo Nacional Electoral convocar a elecciones.
La Constitución y el Código de la Democracia establecen un plazo de quince días para convocar y 60 días para organizar el proceso.
El organismo evalúa las posibilidades de actualizar el padrón que se usará para estos comicios, tomando en cuenta que en el 2023 se efectuaron dos procesos con un mismo padrón elaborado en el 2022: las elecciones seccionales y de los vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), referéndum y consulta del 5 de febrero; y las elecciones presidenciales y legislativas anticipadas de agosto y octubre como resultado de la disolución de la Asamblea Nacional.
El padrón que se usó estaba integrado por 13′450.047 electores, de los que 13′040.797 votan en Ecuador y 409.250 en las tres circunscripciones del exterior.
Fuente El Universo